Indemnización sustitutiva de vejez y devolución de saldos
Si ya cumplió la edad para pensionarse pero no reunió las semanas necesarias y no puede seguir cotizando, hay prestaciones que podría solicitar. En Colpensiones se llama indemnización sustitutiva de vejez y en un fondo privado, devolución de saldos. En Núcleo Pensional revisamos primero su historia laboral y le explicamos cuál aplica a su caso.
¿A quién aplica?
- A quien ya tiene la edad para pensionarse pero no completó las semanas exigidas.
- A quien no puede seguir cotizando, por su edad o por su situación laboral.
- A quien está afiliado a Colpensiones y quiere saber si le corresponde la indemnización sustitutiva.
- A quien está afiliado a un fondo privado y quiere saber si le corresponde la devolución de saldos.
- A quien sospecha que su historia laboral tiene semanas faltantes que nunca se reportaron.
No todas las personas que cumplen la edad sin las semanas deberían pedir de inmediato la indemnización o la devolución. Antes de decidir, conviene entender qué se pierde y qué se gana con cada opción, porque la decisión suele ser definitiva.
Qué podemos reclamar
- La indemnización sustitutiva de vejez ante Colpensiones, cuando corresponda.
- La devolución de saldos ante el fondo privado, cuando corresponda.
- La corrección de la historia laboral antes de presentar la solicitud, para que no se pierdan semanas.
- La revisión del valor que le reconozcan, según las semanas y los salarios cotizados.
- La comparación entre las opciones que tiene, para que decida si le conviene solicitar la prestación o buscar otra salida.
- La explicación, en palabras sencillas, de cada respuesta que reciba de la entidad.
- La reclamación ante la entidad y, si la niega o la reconoce por un valor que no corresponde, ante un juez.
Cómo lo trabajamos
- Revisión de documentos. Estudiamos su historia laboral, su régimen y los soportes de sus cotizaciones para saber qué semanas tiene y cuáles podrían faltar.
- Estrategia y vía. Le explicamos si le conviene corregir su historia, seguir cotizando o solicitar la prestación, y definimos con usted la vía administrativa o judicial.
- Acompañamiento hasta la decisión. Presentamos la solicitud, hacemos seguimiento a la respuesta de la entidad y le acompañamos hasta que el caso se resuelva.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre indemnización sustitutiva y devolución de saldos?
Ambas son para quien cumplió la edad pero no logró las semanas para pensionarse y no puede seguir cotizando. La indemnización sustitutiva de vejez se pide en Colpensiones, el régimen de prima media, y la devolución de saldos se pide en un fondo privado, el régimen de ahorro individual. Cuál le corresponde depende del régimen en el que esté afiliado.
¿Me conviene seguir cotizando en lugar de pedir la indemnización?
Depende de su situación: de cuántas semanas le faltan, de su edad y de si realmente puede seguir cotizando. Pedir la indemnización o la devolución de saldos pone fin a la posibilidad de pensionarse con esas semanas, por eso conviene decidir con información. Un abogado puede revisar su historia laboral y explicarle las opciones antes de que usted solicite nada.
¿Qué pasa si después encuentro semanas que no aparecían en mi historia laboral?
Por eso es importante revisar la historia laboral antes de pedir cualquiera de las dos prestaciones. Si faltan semanas porque un empleador no las reportó o hubo errores de registro, corregirlas podría cambiar su situación e incluso acercarle a una pensión. Revisar primero evita decisiones que después no se pueden deshacer, y un abogado le ayuda a hacerlo con orden.
¿Cómo se calcula el valor que me entregan?
El valor depende de las semanas cotizadas y de los salarios sobre los cuales se cotizó, y su forma de cálculo varía según el régimen. Por eso no es posible dar cifras sin revisar su historia laboral. Con sus documentos, un abogado puede explicarle cómo se hace el cálculo en su caso y verificar que la entidad lo haya hecho correctamente.
¿Quiere que revisemos su caso?
La información de esta página es general y no constituye asesoría jurídica. Cada caso pensional depende de su historia laboral y de sus documentos; para saber si aplica a su situación, consulte con un abogado.
